La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite un recurso de revisión relacionado con la declaratoria de “inexistencia” de la huelga en el Nacional Monte de Piedad (NMP), por lo que el máximo tribunal del país podría determinar si el movimiento laboral cumple con los requisitos legales.
El recurso fue admitido el pasado 5 de agosto, a solicitud del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, quien planteó que el pleno de la Corte conozca el amparo en revisión 33/2026.
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La solicitud fue presentada por el Sindicato Nacional de Trabajadores del Nacional Monte de Piedad ante un tribunal colegiado en materia laboral, que posteriormente remitió el expediente a la SCJN.
El caso deriva de la resolución de un juez de distrito que, en febrero pasado, declaró la “inexistencia” de la huelga después de conceder un amparo a la administración del Nacional Monte de Piedad.
La Corte decidirá si revisa el caso
En los próximos días, el pleno de la SCJN deberá votar si atrae y revisa el asunto. En caso de hacerlo, su análisis se limitará a determinar si la declaratoria cuestionada cumple con alguno de los tres supuestos establecidos en el artículo 459 de la Ley Federal del Trabajo.
La eventual revisión por parte de la Corte no implicaría ordenar directamente a los trabajadores regresar a sus puestos.
Si el máximo tribunal decide no revisar el caso, el expediente regresará al tribunal colegiado, cuyos magistrados deberán resolver finalmente el conflicto laboral.
La huelga comenzó el 1 de octubre de 2025 y mantiene paralizadas las actividades en más de 300 sucursales del Nacional Monte de Piedad, institución de empeño con más de 250 años de historia.

